¿Quiénes tienen derecho a tramitar la ciudadanía italiana?

¿Quiénes tienen derecho a tramitar la ciudadanía italiana?

La ley italiana, al atribuir la ciudadanía, sigue el principio del ius sanguinis, es decir la ciudadanía de los padres se transmite automáticamente al hijo, a partir del momento del nacimiento, aun si éste sucede fuera de los límites del Estado. En consecuencia, es ciudadano italiano quien nace de padres italianos, o desciende de abuelos italianos, aunque su nacimiento suceda fuera del territorio italiano, por ejemplo, en Argentina.

Límite generacional

La legislación establece que no existe límite generacional y que no depende del lugar de nacimiento de la persona que la solicita. Esto quiere decir que una persona, como potencial ciudadano italiano, puede solicitar el reconocimiento de su ciudadanía italiana con el sólo hecho de tener un ascendente italiano en su familia.

Algunas limitaciones al derecho a la ciudadanía italiana

Existen algunas situaciones en las cuales no se puede reclamar el reconocimiento de la ciudadanía italiana:

Saltos generacionales

Ya sea que el derecho venga por línea materna o paterna, no están admitidos los saltos generacionalesEs decir, tendrás que reunir las actas de nacimiento, matrimonio y defunción que prueben tu parentesco con el italiano emigrado.

La fecha de fallecimiento

Italia surgió como un país unificado en 1861. Por lo tanto, para tener derecho al reconocimiento de la ciudadanía italiana, el ascendiente nacido en Italia debe haber fallecido (en Italia o en el exterior) después de la proclamación del Reino de Italia (17 de marzo de 1861), es decir el avo vivió en la Italia unificada. 1

Es decir, debe haber muerto después del 17 de marzo de 1861 o del 22 de octubre de 1866 si provenía de la región de Veneto. Si falleció antes, el antepasado nunca fue italiano.

El reconocimiento de los progenitores

El nacimiento no es si embargo suficiente para determinar la atribución de la ciudadanía italiana, siendo necesario que el progenitor reconozca al hijo. Son entonces necesarios dos elementos:

  • El nacimiento de parte de un progenitor, padre o madre, que posea la ciudadanía italiana.
  • El reconocimiento de paternidad o maternidad junto a la declaración de nacimiento.

Si una persona es hija de ciudadanos italianos, pero su paternidad no fue declarada ante el registro civil (o la parroquia, según la época), el reconocimiento de la ciudadanía no puede tener lugar. Si el reconocimiento de paternidad o maternidad sucede después del nacimiento, aún basado en una sentencia judicial, la ciudadanía italiana se adquiere con efectos a partir del momento del nacimiento. 2

La naturalización del padre

Es muy importante comprobar que el antepasado italiano haya mantenido la ciudadanía hasta el nacimiento del descendiente, que no se haya interrumpido la transmisión y la ciudadanía, o sea, que no se haya renunciado a la ciudadanía italiana.

Uno de los hechos que puede interrumpir la transmisión de la ciudadanía italiana es la obtención voluntaria por parte del antepasado italiano, o alguno de sus descendientes[3], de otra ciudadanía diferente de la italiana. En estos casos es necesario conocer la fecha exacta de naturalización del antepasado italiano (o de su descendiente).

Si se naturalizó antes del nacimiento de sus hijos, lamentablemente no se puede obtener la ciudadanía por esta línea. Pero, es necesario revisar las fechas porque si ese avo se naturalizó siendo menor de edad y no emancipado, entonces no perdió la ciudadanía.

Puede suceder en una misma familia que el avo tuvo dos hijos: nace el primero, luego se nacionaliza, y finalmente nace el segundo. La primera línea puede realizar el reconocimiento de la ciudadanía, pero lamentablemente la segunda no.

Pero, a partir del 16 de agosto de 1992 rige la Ley n° 91/92, que establece que adquirir una nacionalidad extranjera no origina la pérdida de la ciudadanía italiana. Excepto que el ciudadano italiano realice una renuncia formal a su ciudadanía natal.

La fecha de anexión de algunas regiones al Reino de Italia

Algunas regiones actualmente italianas, han estado bajo dominio de otro estado durante muchos años. Si la comuna de origen fue anexada al Reino de Italia después de la proclamación del Reino de Italia en marzo de 1861, el ascendiente nacido en Italia debe haber fallecido luego de la anexión de la comuna de origen al Reino de Italia:

  • las actuales provincias de Mantova (zona oriental), Verona, Vicenza, Rovigo, Padova, Venezia, Treviso, Belluno (excepto algunas Comunas), Udine (excepto algunas Comunas) y Pordenone, fueron anexadas al Reino de Italia el 19 de octubre de 1866;
  • las actuales provincias de Roma, Latina (excepto la zona meridional), Frosinone (excepto la zona meridional) y Viterbo, fueron anexadas el 20 de septiembre de 1870; 3
  • algunas comunas de la provincia de Cuneo pasaron a Francia al finalizar la Segunda Guerra Mundial, luego del Tratado de Paz del 10 de febrero de 1947. A los ciudadanos procedentes de dichos territorios se aplican reglas especiales: es necesario informarse directamente con el consulado correspondiente a la zona de residencia del interesado.

Otro caso es el de los territorios que formaron parte del Imperio Austrohúngaro hasta 1919. Por lo tanto, solamente los inmigrantes que salieron de esta región después del 16 de julio de 1920 se consideran italianos, es decir, si el antepasado nació en esta región y emigró antes del 16 de julio de 1920, entonces llegó al país de acogida como ciudadano austríaco y no como italiano, hecho que impide a sus descendientes el reconocimiento de la ciudadanía. Las antiguas provincias de Pola, Fiume y Zara pasaron a Yugoslavia.

Show 3 footnotes

  1. Consulado de Italia en Mendoza (2022) – https://goo.su/KMiRzsh
  2.  Consulado de Italia en Buenos Aires (2003) La ciudadanía italiana (y el pasaporte)
  3. Consulado de Italia en Mendoza (2022) – https://goo.su/KMiRzsh